Artículo 2521 del Código Civil de Tabasco
De calidad determinada
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo tercero. De la compraventa · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cuando los bienes se vendieren como de una calidad determinada y no al gusto personal del comprador, no dependerá del arbitrio de éste rehusar el bien vendido. El vendedor puede pedir el pago del precio si demuestra que el bien es de la calidad contratada.