Artículo 2930 del Código Civil de Tabasco
Por ajuste cerrado
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo duodecimo. Del contrato de prestacion de servicios · Capitulo II. Del contrato de obra a precio alzado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Siempre que el empresario se encargue, por ajuste cerrado, de la obra en bien inmueble cuyo valor exceda del equivalente a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se otorgará el contrato por escrito, incluyéndose en él una descripción pormenorizada y en los casos que lo requieran, un plano, diseño, presupuesto y tiempo para la ejecución de la obra.