Artículo 3062 del Código Civil de Tabasco
Reducción
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. Contratos de garantia · Capitulo I. De la fianza en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si el fiador se hubiere obligado a más que el deudor principal, se reducirá su obligación a los límites de la del deudor.
En caso de duda sobre si se obligó por menos o por otro tanto de la obligación principal, se presume que se obligó por otro tanto.