Artículo 19 del Código Penal de Tabasco
Libro primero · Parte general · Titulo tercero. Penas y medidas de seguridad · Capitulo III. Semilibertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
La semilibertad consiste en la privación de libertad alternada con tratamiento en libertad. Se aplicará y se cumplirá, según las circunstancias del caso, de la manera siguiente: externación durante la semana de trabajo o educativa y reclusión de fin de semana; salida de fin de semana, con reclusión durante el resto de la semana; salida diurna con reclusión nocturna; o salida nocturna y reclusión diurna.