Artículo 1376 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título segundo. Fuentes de las obligaciones · Capítulo IV. De la gestión de negocios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si la gestión se ejecuta contra la voluntad real o presunta del dueño y éste no la aprovecha, el gestor debe reparar los daños y perjuicios que resulten a aquél, aunque no haya incurrido en falta.