Artículo 1525 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título quinto. De la inexistencia y nulidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
La lesión en los contratos origina la nulidad relativa de los mismos y nunca será renunciable el derecho de pedir la nulidad, salvo que el afectado opte por pedir la reducción equitativa de su obligación.