Artículo 1941 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título noveno. Del mandato · Capítulo VI. De los diversos modos de terminar el mandato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Lo que el mandatario, sabiendo que ha cesado el mandato hiciere con un tercero que ignore el término de la procuración, obliga al mandante y al mandatario personalmente con el tercero, pero el mandatario es responsable al mandante de todos los daños y perjuicios que sobrevengan, aun por caso fortuito.