Artículo 2230 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo primero. De la prenda · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
En el caso de que la prenda sea de títulos de crédito, si antes del vencimiento de la deuda garantizada se vencen o son amortizados los títulos empeñados, el acreedor podrá en substitución de los títulos cobrados o amortizados, conservar en prenda las cantidades que por este concepto reciba.