Artículo 100 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título sexto. De la aplicación de las sanciones · Capítulo IX. Reincidencia y habitualidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Al habitual se le impondrá una pena, que se aumentará hasta el doble de la duración de la sanción que en su caso debía corresponderle.