Artículo 23 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título segundo. Del delito · Capítulo II. Unidad y pluralidad de hechos delictuosos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Cuando una disposición incluya el contenido de ilicitud de otra, subsumiéndola, se aplicará la primera.
La norma especial prevalece sobre la general.