Artículo 1007 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo I. De los convenios y los contratos · Sección tercera. Del mutuo consentimiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Si al tiempo de la aceptación hubiere fallecido el proponente, quedarán los herederos de aquél obligados a sostener el contrato.