Artículo 1083 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo IV. De la gestión de negocios.
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto de otro, deberá obrar conforme a los intereses del dueño del negocio.