Artículo 2 del Código Civil de Yucatán
Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Si las disposiciones de observancia general no fijan el día en que deben comenzar a regir, obligan en todo el Estado a partir del sexto día de su publicación en el diario oficial.