Artículo 1.2 del Código Civil del Estado de México
Inicio de vigencia de la ley
LIBRO PRIMERO. Parte General
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Las leyes y demás disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos a los cinco días siguientes de su publicación en el periódico Oficial del Estado, a no ser que se fije el día en que deba comenzar a regir, pues entonces obliga desde esa fecha.