Artículo 100 del Código Penal de Yucatán
Libro primero · Parte general · Título quinto. Aplicación de sanciones y medidas de seguridad · Capítulo IX. Libertad Condicionada
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 28 de julio de 2026
La libertad condicionada es un beneficio que el órgano jurisdiccional concede a las personas sentenciadas con el objeto de suspender la ejecución de las penas o medidas de seguridad privativas de la libertad, al momento de imponer estas, en los términos de este capítulo, o durante la ejecución, en los términos de la legislación en materia de ejecución de sanciones.