Artículo 2005 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimo primero. Del contrato de prestación de servicios · Capítulo primero. De la prestación de servicios profesionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El que preste servicios profesionales y su obligación no sea de resultado, sólo es responsable, hacia las personas a quienes sirve, por negligencia, impericia o dolo.
También es responsable el que presta los servicios profesionales, cuando siendo su obligación de resultado no se obtenga éste.