Artículo 2927 del Código Civil de Tabasco
Responsabilidad
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo duodecimo. Del contrato de prestacion de servicios · Capitulo I. De las prestaciones de servicios profesionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El que preste servicios profesionales y su obligación no sea de resultado, sólo es responsable hacia las personas a quienes sirve, por negligencia, impericia o dolo.
Es responsable el que preste los servicios profesionales, cuando siendo su obligación de resultados no se obtenga éste.