Artículo 2064 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimo segundo. De las asociaciones y de las sociedades · Capítulo primero. De las asociaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
La asociación es una persona jurídica, y existe cuando varios individuos convienen en reunirse, de manera que no sea notoriamente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.