Artículo 2085 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimo segundo. De las asociaciones y de las sociedades · Capítulo segundo. De las sociedades disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
La falta de forma prescrita en el artículo anterior sólo produce el efecto de que los socios puedan pedir en cualquier tiempo que se haga la liquidación de la sociedad, conforme a las disposiciones de esta Ley; pero mientras esa liquidación no se pida, la sociedad produce todos sus efectos entre los socios y éstos no pueden oponer a terceros que hayan contratado con ella, la falta de forma.