LA · Art. 167

Artículo 167 de la Ley Agraria

Titulo decimo. De la justicia agraria · Capítulo I. Disposiciones Preliminares

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es de aplicación supletoria, cuando no exista disposición expresa en esta ley, en lo que fuere indispensable para completar las disposiciones de este Título y que no se opongan directa o indirectamente.

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  • Artículo reformado DOF 14-11-2025

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 167, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-167/

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