Artículo 207 de la Ley de Amparo
Segunda Parte. En Materia Penal · TÍTULO TERCERO. Cumplimiento y Ejecución · CAPÍTULO V. Incidente por Exceso o Defecto en el Cumplimiento de la Suspensión
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de octubre de 2025
El incidente se promoverá ante la jueza o el juez de distrito o el tribunal colegiado de apelación, si se trata de la suspensión concedida en amparo indirecto, y ante la presidenta o el presidente del tribunal colegiado de circuito si la suspensión fue concedida en amparo directo.