Artículo 115 de la Ley de Migración
Título sexto. Del procedimiento administrativo migratorio · Capítulo VIII. Del retorno asistido y la deportación de extranjeros que se encuentren irregularmente en territorio nacional
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
El Instituto contará con los mecanismos de retorno asistido y deportación para hacer abandonar el territorio nacional a aquél extranjero que no observó las disposiciones contenidas en esta Ley y su Reglamento.