LMigra · Art. 72

Artículo 72 de la Ley de Migración

Título quinto. De la protección a los migrantes que transitan por el territorio nacional · Capítulo único. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

La Secretaría celebrará convenios con las dependencias y entidades del Gobierno Federal, de las entidades federativas y de los municipios para implementar acciones tendientes a coadyuvar con los actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes que realizan las organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas.

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Artículo 72, Ley de Migración. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-72/

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