LViv · Art. 13

Artículo 13 de la Ley de Vivienda

Título tercero. Del sistema nacional de vivienda · Capítulo I. De su objeto e integración

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026

Se establece el Sistema Nacional de Vivienda como un mecanismo permanente de coordinación y concertación entre los sectores público, social y privado, que tiene por objeto:

I.Coordinar y concertar las acciones para cumplir los objetivos, prioridades y estrategias de la política nacional de vivienda;

II.Dar integralidad y coherencia a las acciones, instrumentos, procesos y apoyos orientados a la satisfacción de las necesidades de vivienda, particularmente de la población en situación de pobreza;

III.Promover y garantizar la participación articulada de todos los factores productivos cuyas actividades incidan en el desarrollo de la vivienda;

IV.Fortalecer la coordinación entre el Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas y municipios, así como inducir acciones de concertación con los sectores social y privado, y

V.Promover la coordinación interinstitucional entre las diferentes instancias federales relacionadas con la vivienda.

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Cómo citar

Artículo 13, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-13/

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