Artículo 14 de la Ley de Vivienda
Título tercero. Del sistema nacional de vivienda · Capítulo I. De su objeto e integración
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026
El Sistema Nacional de Vivienda estará integrado por:
I.El Consejo;
II.La Comisión Intersecretarial;
III.La Secretaría;
IV.La Comisión, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, y
V.Los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las alcaldías, así como los sectores social y privado, en los términos de los acuerdos y convenios que al efecto se celebren.