Artículo 26 de la Ley de Vivienda
Título tercero. Del sistema nacional de vivienda · Capítulo III. De la Comisión Nacional de Vivienda
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026
La Comisión contará con un órgano de vigilancia que estará integrado por un Comisario Público Propietario y un Suplente, designados por la Secretaría de Función Pública.
Asimismo, contará con un órgano de control interno que será parte integrante de su estructura y desarrollará sus funciones conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública.