Artículo 36 de la Ley del Seguro Social
TITULO SEGUNDO. DEL REGIMEN OBLIGATORIO · CAPITULO II. DE LAS BASES DE COTIZACION Y DE LAS CUOTAS
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Corresponde al patrón pagar íntegramente la cuota señalada para los trabajadores, en los casos en que éstos perciban como cuota diaria el salario mínimo.