Artículo 271 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEXTO. Trabajos Especiales · CAPITULO VII. Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
El salario se pagará directamente al trabajador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100.
El pago hecho a organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, o a intermediarios, para que a su vez hagan el pago a los trabajadores, no libera de responsabilidad a los patrones.