Artículo 30 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Titulo segundo. Posesión y Portación · Capitulo III. Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de mayo de 2025
Corresponde a la Secretaría la expedición, negación, suspensión y cancelación de las licencias de portación de armas; así como su registro, control y vigilancia.