Artículo 87 de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VII. Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural · Sección Tercera. Certificación y protección del obtentor de variedades vegetales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
Por los servicios que se presten al obtentor de variedades vegetales, se pagará el derecho del obtentor, conforme a las siguientes cuotas:
I.- Por el estudio y trámite de la solicitud de protección de derechos del obtentor $24,390.83
II.- Por la expedición de la constancia de presentación $1,297.12
III.- Por la expedición del título del obtentor. $11,935.68
IV.- Por el reconocimiento del derecho de prioridad $1,297.12
V.- Por cambio de denominación $3,295.16