LFPA · Art. 39

Artículo 39 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Titulo tercero. Del procedimiento administrativo · Capitulo sexto. De las notificaciones

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Toda notificación deberá efectuarse en el plazo máximo de diez días, a partir de la emisión de la resolución o acto que se notifique, y deberá contener el texto íntegro del acto, así como el fundamento legal en que se apoye con la indicación si es o no definitivo en la vía administrativa, y en su caso, la expresión del recurso administrativo que contra la misma proceda, órgano ante el cual hubiera de presentarse y plazo para su interposición.

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Cómo citar

Artículo 39, Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-39/

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