LFPCA · Art. 58-H

Artículo 58-H de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Título II. De la Substanciación y Resolución del Juicio · Capítulo X. Del Juicio en Línea

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026

Las personas titulares de una Firma Electrónica Avanzada, Clave de Acceso y Contraseña serán responsables de su uso, por lo que el acceso o recepción de las notificaciones, la consulta al Expediente Electrónico y el envío de información mediante la utilización de cualquiera de dichos instrumentos, les serán atribuibles y no admitirán prueba en contrario, salvo que se demuestren fallas del Sistema de Justicia en Línea.

Leer de corridodentro de Capítulo X. Del Juicio en Línea

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
6df0b2eb95bf…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 12-06-2009. Reformado DOF 09-06-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (14 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 58-H, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-58-h/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.