Artículo 107 del Código de Comercio
Libro segundo. Del comercio en general · Titulo segundo. Del comercio electronico · Capítulo III. De los prestadores de servicios de certificación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Serán responsabilidad del Destinatario y de la Parte que Confía, en su caso, las consecuencias jurídicas que entrañe el hecho de que no hayan tomado medidas razonables para:
I.Verificar la fiabilidad de la Firma Electrónica, o
II.Cuando la Firma Electrónica esté sustentada por un Certificado:
a)Verificar, incluso en forma inmediata, la validez, suspensión o revocación del Certificado, y
b)Tener en cuenta cualquier limitación de uso contenida en el Certificado.