LFPCA · Art. 6 Bis

Artículo 6 Bis de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Título I. Del Juicio Contencioso Administrativo Federal · Capítulo I. Disposiciones Generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026

Salvo que alguna disposición de esta Ley establezca un plazo diverso, el acuerdo o resolución que deba recaer a toda promoción presentada ante el Tribunal ya sea por escrito ante la Sala o, en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea, deberá emitirse en un plazo no mayor a cinco días siguientes a la fecha de su presentación.

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  • Artículo adicionado DOF 09-06-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 6 Bis, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-6-bis/

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