LFPCA · Art. 58-15

Artículo 58-15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Título II. De la Substanciación y Resolución del Juicio · Capítulo XI. Del Juicio en la Vía Sumaria

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026

Salvo que alguna disposición de esta Ley establezca un plazo diverso, en los juicios tramitados en vía sumaria, el acuerdo o resolución que deba recaer a toda promoción presentada ante el Tribunal ya sea por escrito ante la Sala o, en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea, deberá emitirse a más tardar al quinto día siguiente a la fecha de su presentación. En los demás casos, a falta de disposición expresa que establezca un plazo para la actuación de las partes, se aplicará el de tres días.

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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 10-12-2010. Reformado DOF 09-06-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 58-15, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-58-15/

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