Artículo 58 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Título segundo. De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados · Capítulo III. De los Modelos de Utilidad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026
Serán registrables los modelos de utilidad que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.