Artículo 153-C de la Ley Federal del Trabajo
TITULO CUARTO. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones · Capítulo III BIS. De la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
El adiestramiento tendrá por objeto:
I.Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios deben implementar para incrementar la productividad en las empresas;
II.Hacer del conocimiento de los trabajadores sobre los riesgos y peligros a que están expuestos durante el desempeño de sus labores, así como las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo que les son aplicables, para prevenir riesgos de trabajo;
III.Incrementar la productividad; y
IV.En general mejorar el nivel educativo, la competencia laboral y las habilidades de los trabajadores.