Artículo 539-C de la Ley Federal del Trabajo
TITULO ONCE. Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales · Capítulo IV. Del Servicio Nacional de Empleo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Las autoridades laborales estatales auxiliarán a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para el desempeño de sus funciones, de acuerdo a lo que establecen los artículos 527-A y 529.