Artículo 956 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO QUINCE. Procedimientos de Ejecución · CAPITULO I · Sección Segunda. Del procedimiento del embargo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Si los bienes embargados fuesen dinero o créditos realizables en el acto, el Actuario trabará embargo y los pondrá a disposición del Tribunal, quien deberá resolver de inmediato sobre el pago del actor.