Artículo 96 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO TERCERO. Condiciones de Trabajo · CAPITULO VI. Salario mínimo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
La Comisión Nacional determinará la división de la República en áreas geográficas, las que estarán constituidas por uno o más municipios en los que deba regir un mismo salario mínimo general, sin que necesariamente exista continuidad territorial entre dichos municipios.