Artículo 35 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Capítulo V. De las Visitas de Verificación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
El desarrollo de las visitas de verificación y los requerimientos de información, documentación, datos e imágenes, así como la imposición de sanciones administrativas previstas en esta Ley, se sujetarán a lo previsto en esta Ley, su Reglamento y las reglas de carácter general, observando de manera supletoria la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.