LGMSV · Art. 77

Artículo 77 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

Título tercero. De la Distribución de Competencias · Capítulo II. Convenios de Coordinación Metropolitanos

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023

Naturaleza de los convenios de coordinación metropolitanos.

Los convenios de coordinación metropolitanos celebrados por los tres órdenes de gobierno, podrán establecer las autoridades que serán las encargadas de la planeación, diseño, ejecución, operación, monitoreo y evaluación de la política de movilidad y seguridad vial a nivel metropolitano prevista en esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Leer de corridodentro de Título tercero. De la Distribución de Competencias

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
ae1da3b0c657…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (3 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 77, Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Texto vigente, última reforma DOF 29 dic 2023. https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-77/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.