LGRA · Art. 11

Artículo 11 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Libro primero. Disposiciones sustantivas · Título primero · Capítulo III. Autoridades competentes para aplicar la presente Ley

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025

La Auditoría Superior y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas serán competentes para investigar y substanciar el procedimiento por las faltas administrativas graves.

En caso de que la Auditoría Superior y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas detecten posibles faltas administrativas no graves darán cuenta de ello a los Órganos internos de control, según corresponda, para que continúen la investigación respectiva y promuevan las acciones que procedan.

En los casos en que, derivado de sus investigaciones, acontezca la presunta comisión de delitos, presentarán las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público competente.

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Cómo citar

Artículo 11, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-11/

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