Artículo 11 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Libro primero. Disposiciones sustantivas · Título primero · Capítulo III. Autoridades competentes para aplicar la presente Ley
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025
La Auditoría Superior y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas serán competentes para investigar y substanciar el procedimiento por las faltas administrativas graves.
En caso de que la Auditoría Superior y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas detecten posibles faltas administrativas no graves darán cuenta de ello a los Órganos internos de control, según corresponda, para que continúen la investigación respectiva y promuevan las acciones que procedan.
En los casos en que, derivado de sus investigaciones, acontezca la presunta comisión de delitos, presentarán las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público competente.