LGRA · Art. 83

Artículo 83 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Libro primero. Disposiciones sustantivas · Título cuarto. Sanciones · Capítulo III. Sanciones por Faltas de particulares

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025

El fincamiento de responsabilidad administrativa por la comisión de Faltas de particulares se determinará de manera autónoma e independiente de la participación de un servidor público.

Las personas morales serán sancionadas por la comisión de Faltas de particulares, con independencia de la responsabilidad a la que sean sujetos a este tipo de procedimientos las personas físicas que actúen a nombre o representación de la persona moral o en beneficio de ella.

Leer de corridodentro de Título cuarto. Sanciones

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
a6965ca932fc…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (10 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 83, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-83/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.