Artículo 318 de la Ley General de Salud
TITULO DECIMO CUARTO. Donación, Trasplantes y Pérdida de la Vida · CAPITULO I. Disposiciones Comunes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Para el control sanitario de los productos y de la disposición del embrión y de las células germinales, se estará a lo dispuesto en esta Ley, en lo que resulte aplicable, y en las demás disposiciones generales que al efecto se expidan.