Artículo 69 de la Ley General de Salud
TITULO TERCERO. Prestación de los Servicios de Salud · CAPITULO VI. Servicios de Planificación Familiar
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La Secretaría de Salud, con base en las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población para la prestación de servicios de planificación familiar y de educación sexual, definirá las bases para evaluar las prácticas de métodos anticonceptivos, por lo que toca a su prevalecencia y a sus efectos sobre la salud.