Artículo 74 Bis de la Ley General de Salud
TITULO TERCERO. Prestación de los Servicios de Salud · CAPITULO VII. Salud Mental
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La Secretaría de Salud, de acuerdo con el enfoque de derechos humanos, deberá hacer explícitas las intervenciones prioritarias de salud mental y adicciones que permita garantizar el acceso a las acciones de prevención y atención en la materia.