Artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo V. De la sociedad anónima · Seccion quinta. De la Información Financiera
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
Quince días después de la fecha en que la asamblea general de accionistas haya aprobado el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172, los accionistas podrán solicitar que se publiquen en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía los estados financieros, junto con sus notas y el dictamen de los comisarios.