Artículo 207 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo VI. De la sociedad en comandita por acciones
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
La sociedad en comandita por acciones, es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.