Artículo 27 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo II. De la sociedad en nombre colectivo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
La razón social se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren los de todos, se le añadirán las palabras y compañía u otras equivalentes.